Que el microempresario obtenga sus propios ingresos a la edad de retiro (65 años) y tenga independencia económica en la vejez.
El afiliado al Programa recibirá pagos mensuales o anuales en forma vitalicia.
Si el cliente fallece antes de llegar a la edad de retiro, el beneficiario tendrá derecho a la devolución de los aportes acumulados.
El afiliado tiene la opción de retiro anticipado a los 60 años, siempre que tenga 5 años de realizar sus aportes mensuales al programa.